En un año, un mes y veinticuatro días, los nombres de los cinco congresistas de Lambayeque figuran en 744 proyectos presentados al parlamento. De ellos, 107 son de su autoría. Y, de todos, solo han logrado 10 leyes, pero muy cuestionadas. Incluso una podría devenir en inconstitucional.

La respuesta a la pregunta cae por su propio peso según el presente informe.
ESCRIBE: LARCERY DÍAZ SUÁREZ *
Así, supuestamente la congresista María Grimaneza Acuña ha sido la más “productiva”, con 7 leyes o resoluciones legislativas publicadas a su nombre. María Jessica Córdova Lobatón (2) e Hilda Marleny Portero López (1) también lograron resultados, mientras que los congresistas, Alejandro Aurelio Aguinaga Recuenco y José María Balcázar Zelada han tenido cero en leyes de proyectos de su autoría en este período de análisis.

Casi nula «producción» de los parlamentarios lambayecanos, en el último año y dos meses de su gestión.
Un informe sobre el balance legislativo de los parlamentarios lambayecanos, en el año que pasó, que dice del abismo entre la “presencia” y los resultados concretos de Lambayeque en el Congreso, fue trabajado por el portal de noticias chiclayano Mira Por Ellos. Los datos van desde fines de julio de 2024 hasta el 24 de setiembre de este año, 2025.
La información revela que la congresista Córdova lidera en la presentación de proyectos (40), seguida de cerca por Acuña (38). Los otros tres congresistas: Aguinaga, Balcázar y Portero, presentan un número considerablemente menor (entre 9 y 10 proyectos con su nombre).
De otro lado, la parlamentaria Acuña destaca por una participación mucho más amplia. Pero no como autora de proyectos, sino como que ha puesto su firma respaldando la labor de sus colegas del Congreso. Así, su nombre aparece en 280 proyectos. Las congresistas Córdova, con 154 firmas y Portero con 126, también muestran una participación significativa en comparación con sus colegas Aguinaga y Balcázar que parece no dan la talla.

El cuadro refleja que los resultados efectivos de la labor lambayecana casi no aparecen.
LEYES CON NOMBRE PROPIO
Decíamos que, supuestamente la congresista María Grimaneza Acuña había sido la más “productiva”, con 7 leyes o resoluciones legislativas como autora de las mismas. Sin embargo, no solo ninguna ley favorece al departamento de Lambayeque, donde fue elegida -ni a ninguna otra región del país- sino que dedicó toda su producción de lo que va del año y meses, a emitir leyes con nombre propio.
Acuña asumió como suyas estas leyes, siendo presidenta de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales y basándose en las denuncias que otros parlamentarios habían presentado.
De tales resoluciones legislativas, cinco declaran haber lugar a la formación de causa penal contra el expresidente del Congreso y exjefe de estado Francisco Sagasti Hochhausler; contra el exministro del interior Manuel Antonio Elice Navarro: el exministro de la Producción, Jorge Luis Prado Palomino; el exministro de Defensa Walter Edison Ayala Gonzales y contra el exministro del interior Ismael Rubén Vargas Céspedes. Todos, “por la comisión de delitos”. Asimismo, otras dos resoluciones del mismo tipo, inhabilitan por diez años para el ejercicio de la función pública al expresidente de la República Martín Vizcarra Cornejo; y al exministro de Vivienda Geiner Alvarado López.
El portal Mira Por Ellos consultó con especialistas sobre estas disposiciones firmadas por María Grimaneza Acuña. El estudio de los jurisconsultos se centra en la naturaleza y el propósito de estos actos del Congreso (las Resoluciones Legislativas) y se contrasta con el concepto de ley con nombre propio y los principios constitucionales que rigen la separación de poderes. “En tal sentido, todas las resoluciones legislativas mencionadas pueden ser consideradas, desde una estricta visión jurídica y legislativa, como actos que cumplen las características de una ’ley con nombre propio’ o actos legislativos ad hominem (dirigidos contra personas específicas)”, precisaron.

Revelan que las resoluciones que “declaran haber lugar a la formación de causa penal” contra exfuncionarios (Sagasti, Elice, Prado, Ayala, Vargas) son actos legislativos que tienen un destinatario nominal y un propósito punitivo o de persecución y agregan que el acto no crea una norma que regule cómo se debe proceder con cualquier exfuncionario en el futuro; más bien, resuelve el caso específico de determinadas personas, nombrando a cada una de ellas y habilitando su procesamiento judicial.
Incluso los profesionales enterados hablan de “usurpación de funciones judiciales”, precisando que “si bien la Constitución otorga al Congreso la facultad de realizar ‘juicios políticos’ (Acusación Constitucional) para levantar la inmunidad y habilitar la acción penal, esta función es extra-legislativa y tiene un carácter cuasi-jurisdiccional. El resultado es un acto que afecta directamente la situación legal de individuos específicos, sin crear una norma de aplicación general, lo que lo enmarca en la práctica de una ley con nombre propio.
Por otro lado, indican que las resoluciones que “inhabilitan por diez años” para la función pública a Vizcarra y Alvarado también son resultado de un juicio político (Acusación Constitucional) del Congreso.
Todo ello constituye un “castigo civil-político” (privación del derecho a ejercer la función pública) impuesto directamente por el Poder Legislativo contra ciudadanos específicos, sin que exista un debido proceso judicial previo. “Este es el ejemplo clásico de un acto con nombre propio, pues se usa la figura de ‘ley’ o ‘resolución legislativa’ para “condenar o sancionar a individuos concretos, una práctica que el principio de separación de poderes prohíbe. El Congreso está actuando como juez y verdugo político de los individuos nombrados”, sentenciaron los especialistas.
“ACUSACIONES CONSTITUCIONALES”
La subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso es un órgano especializado que se encarga de un proceso clave de control político. Califica, investiga y emite informes finales sobre las denuncias constitucionales. Su informe es evaluado posteriormente por la Comisión Permanente y, en última instancia, por el Pleno del Congreso, para decidir si se inicia un procedimiento de sanción o destitución.
La congresista Acuña fue elegida presidenta de la subcomisión de Acusaciones Constitucionales para el periodo 2024-2025. Y, como ejemplo de su labor, el 23 de junio de 2023, el congresista Alejandro Muñante fue el primero de varios congresistas que había presentado denuncia contra el expresidente Vizcarra. Finalmente, el 30 de abril de este año María Grimaneza Acuña proyectó la resolución legislativa que inhabilita por diez años para el ejercicio de la función pública al exjefe de Estado, que la presentó el 30 de junio. En menos de dos meses fue aprobada y publicada en El Peruano el 14 de junio de este año.

Para los especialistas, las resoluciones legislativas firmadas por la congresista Acuña, en contra de los expresidentes Vizcarra y Sagasti, entre otros, se configurarían como «leyes con nombre propio».
Igual sucedió con la resolución que declara haber lugar a formar causa penal contra el expresidente del Congreso y exjefe de estado Francisco Sagasti “por la comisión de delitos”. El 8 de agosto de 2022, el primero en presentar denuncia contra Sagasti fue Juan Burgos, “por la presunta infracción constitucional a los artículos 2°, incisos 2) y 15); 39°; 118°, inciso 1); y 172° de la Constitución”. El 30 de abril de este año, el mismo día que Acusaciones Constitucionales proyectó la resolución contra Vizcarra, también la presentó contra Sagasti. Fue publicada en El Peruano el 15 de setiembre último.
Sin embargo, siendo presidenta de la subcomisión indicada, la señora Acuña archivó lo que le interesaba al Congreso. Por ejemplo, la denuncia por el caso Rolex y otra sobre muertes en protestas, contra la entonces presidenta Dina Boluarte. Y también archivó la denuncia constitucional contra la exfiscal Patricia Benavides, por el caso Cuellos Blancos del Puerto. María Grimaneza Acuña dijo entonces que había votado a favor de que se investigaran estos caos.
¿MIRANDO A LA POBLACIÓN?
Aunque para este informe los congresistas varones de Lambayeque no aparecen con ninguna ley, las otras dos legisladoras que lograron dos y una, quizá trabajaron sus proyectos que favorezcan a la mayoría de la población, pero sin pensar en las trabas legales que existen.
Así, Córdoba consiguió la ley que transfiere a título gratuito a favor del Ministerio de Salud (Gobierno Regional de Lambayeque) los terrenos de la Sociedad de Beneficencia de Chiclayo ocupados por el Hospital Las Mercedes, para su reconstrucción, presentado como proyecto el 10 de enero de este año. El 13 de setiembre último se publicó la ley que dispone la transferencia.

La iniciativa promovida por Jessica Córdova, podría devenir en ser una ley inconstitucional.
Sin embargo, el 20 de marzo de 2025, el Ministerio de Vivienda, mediante oficio N° 059-2025-VIVIENDA/DM, ya había manifestado que, desde el punto de vista legal, y teniendo en consideración lo señalado por la Dirección de Normas y Registro de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales-SNBE, el proyecto de Ley debía ser reevaluado. “Si bien las Sociedades de Beneficencia son personas jurídicas de derecho público interno, no se constituyen como entidades públicas”. Por ello, se añade, “el proyecto de ley no resulta viable en el extremo que dispone autorizar a la SBN para que efectúe la transferencia y adjudicación de los terrenos de propiedad de la Beneficencia de Chiclayo”.
Consultados funcionarios de esta entidad en Chiclayo, dijeron que el 6 de octubre brindaron un amplio informe al Congreso porque antes de la ley la Beneficencia estaba en un proceso de donación. Indicaron que, sin embargo, la ley de transferencia no figura dentro de los cánones de la disposición de bienes y por ello esto se ha entrampado y va a seguir en este entrampamiento porque Bienes Nacionales dice que ellos no tienen nada que hacer con el terreno del hospital Las Mercedes y que, en todo caso, quien tiene que ver es el Ministerio de Economía y Finanzas. Por su parte, este organismo ha respondido que tampoco tiene que ver con esta transferencia.
¿Puede el Estado apropiarse de los terrenos del hospital Las Mercedes, que son un bien privado que custodia la Beneficencia de Chiclayo y puede hacerse una transferencia a sí mismo? Al final, según los entendidos, la ley lograda por la congresista Córdova podría ser considerada como inconstitucional, por las deficiencias de cómo ha sido elaborada.

La Beneficencia estaba promoviendo una donación de los terrenos del Hospital Las Mercedes, en lugar de una transferencia. (Foto Congreso)
También la parlamentaria Córdova ha conseguido convertir en ley que faculta el retiro de hasta el 95.5% de los fondos previsionales acumulados en las cuentas individuales de todos los afiliados al sistema privado de pensiones. Su proyecto es similar a otros 32 presentados por igual número de parlamentarios, que han sido tratados en la comisión de Economía del Congreso. En su mayoría, han recibido opiniones desfavorables o discrepantes del Ministerio de Economía y Finanzas, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, de la presidencia del Consejo de Ministros y del Banco Central de Reserva del Perú.
«…La medida de retiro de hasta el 95.5% de los fondos de la CIC del afiliado al momento de la jubilación, desnaturaliza la finalidad por la cual fue creado el SPP como parte de la seguridad social en pensiones del país y cuyo diseño responde para brindar protección frente a los riesgos de vejez, invalidez y sobrevivencia…». señala el MEF.
Igual que el proyecto anterior de la congresista Córdova, el de la señora Portero fue similar al de otros 23 proyectos presentados por igual número de congresistas, según la Comisión de Economía del Parlamento. A pesar de algunas opiniones desfavorables de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Ministerio de Economía y Finanzas, se reformuló la propuesta con un texto sustitutorio, aprobando el dictamen de la ley que promueve la descentralización fiscal para incentivar el desarrollo de los gobiernos locales fortaleciendo el Fondo de Compensación Municipal-Foncomun. (Foto: Congreso vacío-Congreso de la República)
* Periodista. Director del Portal de Noticias Mira Por Ellos: www.miraporellos.pe
NOTA:
El semanario Expresión, de Chiclayo, publicó este jueves 6 de noviembre, en tres páginas, el informe de investigación de Mira Por Ellos, sobre los cinco congresistas lambayecanos.





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