Declaran improcedente solicitud de beneficio de defensa del expresidente regional Yehude Simon

A través de Resolución Gerencial N° 000143-2020-GR.LAMB/GGR, el Gobierno Regional de Lambayeque declaró improcedente la solicitud de beneficio de defensa del ex presidente regional, Yehude Simon Munaro.
La decisión fue sustentada en el informe legal N° 000489-2020-GR.LAMB/ORAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica que opinó por la denegatoria del pedido formulado por la ex autoridad regional quien viene siendo investigada por los delitos de lavado de activos y colusión en el caso Odebrecht.
El informe legal precisa que el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM estipula que los servidores civiles tienen derecho a contar con la defensa y asesoría legal, asesoría contable, económica o afín, con cargo a los recursos de la entidad para su defensa en procesos judiciales, administrativos, constitucionales, arbitrales, investigaciones congresales y policiales.
La defensa y asesoría se otorga a pedido de parte, previa evaluación de la solicitud, sin embargo, si al finalizar el proceso se demostrara responsabilidad, el beneficiario debe reembolsar el costo del asesoramiento y de la defensa.
No obstante, la directiva N° 004-2015-SERVIR/GPGSC, indica que no procede el beneficio de defensa y asesoría solicitado cuando los hechos imputados no estén vinculados a omisiones, acciones o decisiones en el ejercicio regular de sus funciones.
En ese sentido, el delito de lavado de activos imputado al ex presidente regional Yehude Simon Munaro no es un delito inmerso dentro de los delitos cometidos por funcionarios públicos, que verse de una omisión, acción o decisión realizada en el ejercicio regular de sus funciones.
Mientras que, en el caso del delito de colusión, también resulta improcedente debido a que los hechos imputados no están vinculados a criterios de gestión comprendidos en la Ley Nº 30057 y el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM Reglamento de la Ley del Servicio Civil por cuanto son hechos presuntamente cometidos durante el periodo del 2002 al 2008, antes de la dación de las referidas normas.