Antauro Humala: Sala Penal de Apelaciones de Lambayeque rechazó hábeas corpus que había presentado

La Primera Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, que preside la jueza superior Ana Salés del Castillo e integrada por los magistrados Margarita Zapata Cruz y Juan Sánchez Dejo, confirmó la resolución N° 1 emitida por el Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, de fecha 27 de agosto del 2020, que declaró improcedente la demanda constitucional de hábeas corpus a favor de Antauro Igor Humala Tasso interpuesta por Enrique Bernal Solano, en representación de la institución denominada “Coordinadora Nacional Anticorrupción del Perú.

Asimismo los magistrados de la Sala Penal impusieron al abogado suscrito de la demanda del hábeas corpus, César Milla Ormaeche y al demandante Enrique Bernal Solano, la multa de diez (10) Unidades de Referencia Procesal (URP) para cada uno, por su actuación temeraria en el presente proceso constitucional; sin perjuicio de remitir copias a los colegios de abogados.
En la resolución emitida, el órgano jurisdiccional superior revisor aprecia que los demandantes y sus abogados han presentado en forma reiterada siete demandas de habeas corpus similares en los distritos judiciales de Lima, Puno, Piura, San Martin, Huancayo y La Libertad, que fueron declaradas improcedentes por la magistratura nacional, además de infringir su deber de actuar como servidores de la justicia, así como su deber de proceder con sujeción a los principios de probidad y veracidad, conforme lo estipula el inciso 2 del artículo 288, de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
La Sala verificó, que sobre el presunto riesgo de vida y salud del beneficiario, no se aprecia ninguna amenaza o vulneración a sus derechos a la vida, la salud y la integridad, en su condición de interno en un establecimiento penitenciario; así como tampoco que haya recibido un tratamiento inadecuado o irrazonable vinculado a la Covid-19. Por lo tanto, se desestimó el argumento de apelación vinculado a la procedencia del hábeas corpus correctivo. (Foto de Portada: Gestión).